Fueron proferidos el Decreto 358 fechado marzo 5 de 2020 y la Resolución 42 fechada mayo 5 de 2020 para reglamentar la obligación formal de facturar. Recordemos que ante la inexequibilidad diferida de la Ley 1943, las normas que hubieren sido expedidas como desarrollo reglamentario sufrieron decaimiento; dentro de ellas se encuentran las que señalaban calendarios para implementar la factura electrónica en la modalidad de validación previa (En adelante FEVP). Algunos contenidos para resaltar son los siguientes:
RAÚL FERNANDO HOYOS CALDERÓN
DIRECTOR DE IMPUESTOS